¿Y si Sunat te notifica por desbalance patrimonial?

¿Y si Sunat te notifica por desbalance patrimonial?

El desbalance patrimonial puede acarrear multas e incluso penas de cárcel. Existen diversas medidas a tomar después de la notificación. Lo importante es regularizar la situación cuanto antes.

Por: Conexión Esan el 02 Abril 2019

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La Sunat detecta constantemente inconsistencias como signos de riqueza extraños, ausencia del sustento de ingresos, entre otros. En el 2017, dichos factores representaron más de 4 mil millones de soles. El desbalance patrimonial es un problema más común de lo que se piensa, puesto que la mayoría de personas naturales no tiene a un contador a su disposición. Es por eso que no conocen sus obligaciones tributarias cuando perciben más de un salario o ingreso.

En el mejor de los casos, una persona puede detectar un desbalance sin la notificación de la Sunat. En esa situación, lo conveniente será reconocer la deuda y reducir el pago de la multa. Mientras más días avance el desbalance, los intereses ascienden a 14,4 % por año y 1,2 % por mes, por lo que hay que regularizar la situación cuanto antes.

Por otro lado, en caso exista una notificación como Carta de Citación, Esquela o Carta de Sunat sobre el desbalance patrimonial, se pueden tomar una serie de acciones según el contexto. Estas son las más notorias:

  • No acogerse a las multas e intereses, en caso el importe sea significativo. Si la renta afecta la utilidad y no el ingreso, no necesariamente se involucran rentas declaradas u omisiones formales que tengan relación a infracciones en materia de tributos.
  • Presentar un descargo en el que se informe a la Sunat que no se han generado rentas gravadas, presentando documentación que lo respalde. Para ello es posible pedir un informe de movimientos a los bancos en donde se haya operado.
  • Esperar la fiscalización. En caso se cuente con la documentación que respalde los gastos y el presunto incremento patrimonial no justificado, es una opción. El objetivo será observar el requerimiento de la Sunat y sustentar la situación.
  • En el caso de una notificación de embargue, es fundamental proceder con la revisión de Registros Públicos para notar algún contraste con los registros de información tributaria. Si se pueden sustentar los ingresos y la documentación de propiedades, no es necesario el pago de impuesto declarado. Por otro lado, se puede presentar un reclamo e incluso una apelación penal.

Hay que considerar que las entidades fiscalizadoras están en constante realización de auditorías tributarias. Es por ello que tanto las personas naturales como jurídicas deben estar al tanto de todas sus obligaciones legales, a fin de evitar multas, embargos e incluso penas de privación a la libertad.

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Fuentes:

Gestión. "Sunat pone la mira en el desbalance patrimonial de más de 33,000 personas".

El Comercio. "Sunat: ¿Cómo saber si tengo un desbalance patrimonial?".

Enfoque Derecho. "El Desbalance Patrimonial en Personas Naturales y el acogimiento al Régimen Temporal y Sustitutorio del Impuesto a la Renta".

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